Declara Corte inconstitucional sancionar a empresas por faltas administrativas
El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional una porción de la Ley de Responsabilidades Administrativas de Hidalgo, que establecía como sanción para las personas morales que cometieran una falta administrativa su inhabilitación para participar en adquisiciones, arrendamientos, servicios u obras públicas por un tiempo mínimo de seis meses.
El proyecto de resolución que presentó la Ministra Yasmín Esquivel Mossa destacó que en materia de responsabilidades administrativas existe un régimen de concurrencia, donde el Congreso de la Unión tiene competencia exclusiva para regular diversas cuestiones, como las sanciones que deben imponerse a quienes incurran en una falta administrativa.
Por ello, se determinó invalidar el plazo mínimo de seis meses contemplado en la normativa del Estado de Hidalgo para inhabilitar a las empresas que caigan en alguna falta administrativa, pues ello se contrapone a la Ley General de Responsabilidades Administrativas, que prevé un mínimo de tres meses para dichos casos.